Un CDT al 13 % E.A. no te deja 13 %. Entre la retención en la fuente, la inflación que se come el poder adquisitivo y, si declaras renta, el tratamiento tributario de los rendimientos, la cifra que termina en tu bolsillo es bastante menor. Esta es la cuenta completa, con los números vigentes en septiembre de 2026.
Los cuatro descuentos que separan la tasa del resultado
Cuando comparas CDT, la tasa E.A. es apenas el punto de partida. Sobre ella actúan cuatro cosas, en este orden:
- La retención en la fuente del 4 % sobre los rendimientos, que descuenta la entidad al pagarte.
- La inflación, que define si lo que ganaste es ganancia real o apenas empate.
- El impuesto de renta, si estás obligado a declarar, con el alivio del componente inflacionario.
- El 4×1000, que no toca el rendimiento pero sí puede tocar los movimientos de dinero alrededor del CDT.
Vamos uno por uno, con un CDT de referencia de $50.000.000 a 360 días al 13 % E.A.
1. La retención en la fuente: el descuento automático
Los rendimientos financieros están sujetos a una retención del 4 %. La entidad la descuenta y la gira a la DIAN; tú recibes el rendimiento ya neto.
- Rendimiento bruto: $6.500.000
- Retención (4 %): −$260.000
- Rendimiento neto: $6.240.000, equivalente a un 12,48 % efectivo sobre el capital.
Ese 12,48 % es la cifra con la que deberías comparar entidades, no el 13 %. Nuestro simulador hace esa conversión automáticamente. El detalle de cómo opera la retención, y qué pasa con el 4×1000, está en qué te descuentan realmente de un CDT.
2. La inflación: el descuento que no aparece en ningún extracto
La inflación anual en Colombia cerró agosto de 2026 en 6,24 %, según el DANE. Si tu CDT deja 12,48 % neto y los precios suben 6,24 %, tu ganancia real ronda el 5,9 %, no el 13 %.
Esa diferencia es la que decide si ahorrar a término tiene sentido o si solo estás empatando con el costo de vida. La cuenta exacta, y por qué no basta con restar, está en cómo saber si tu CDT gana o pierde valor.
3. El impuesto de renta: solo si declaras
La retención del 4 % es un anticipo, no el impuesto final. Si estás obligado a declarar renta, los rendimientos entran a tu declaración, pero con un alivio: el componente inflacionario, que para el año gravable 2025 fue del 55,43 % (Decreto 898 de 2026). Es decir, más de la mitad de lo que rindió el CDT no se grava.
Ese beneficio está hoy en discusión: el proyecto de reforma tributaria radicado en julio de 2026 propone derogarlo. Lo explicamos con números en el beneficio que la reforma quiere quitarle a tu CDT.
Si no estás obligado a declarar, este punto no te aplica: tu resultado es el neto después de retención.
4. El 4×1000 y el respaldo: los costos que se olvidan
El gravamen a los movimientos financieros no grava el rendimiento del CDT, pero sí puede afectar los traslados de dinero con los que se constituye o se recibe el capital, según cómo maneje cada entidad la operación y si tienes marcada una cuenta dentro del monto exento, que en 2026 equivale a 350 UVT mensuales (unos $18,3 millones).
Y hay un límite que no es un costo, sino un techo de seguridad: el seguro de depósitos de Fogafín cubre hasta $50 millones por persona y por entidad. Si ahorras más que eso, repartirlo deja de ser un detalle. Lo desarrollamos en Fogafín y el límite de $50 millones.
La cuenta completa, en una tabla
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Capital | $50.000.000 |
| Tasa pactada | 13,00 % E.A. |
| Rendimiento bruto (360 días) | $6.500.000 |
| Retención en la fuente (4 %) | −$260.000 |
| Rendimiento neto | $6.240.000 |
| Tasa efectiva después de retención | 12,48 % |
| Inflación anual (agosto 2026) | 6,24 % |
| Ganancia real aproximada | 5,9 % |
El mismo ejercicio con una tasa de 9,50 % E.A. —el extremo bajo del mercado— deja una ganancia real cercana al 2,7 %. Esa es la verdadera distancia entre una entidad y otra: no cuatro puntos de tasa, sino más del doble de ganancia real.
Qué hacer con esto
- Compara por tasa E.A. publicada, que es lo único homogéneo entre entidades, y después aplica los descuentos. Puedes ver las 29 entidades con su tarifario y su fecha de verificación.
- Revisa el monto mínimo y el canal de apertura: dos entidades con la misma tasa no siempre son igual de accesibles.
- No superes los $50 millones por entidad si puedes repartir: la cobertura de Fogafín es por entidad, no por persona.
- Guarda los certificados de rendimientos si declaras renta.
El contexto ayuda: la tasa de política monetaria del Banco de la República está en 12,0 % desde julio de 2026 y la Junta Directiva vuelve a decidir el 30 de septiembre. Mientras las tasas de captación sigan altas, la ventana para asegurar un rendimiento fijo por 360 días sigue abierta; cuando el Emisor empiece a bajar, los tarifarios se ajustan detrás.
Revisado por el equipo editorial de SimulaCDT. Verificamos cada cifra contra la fuente oficial y dejamos constancia de la fecha de consulta. Si encuentras un dato desactualizado, escríbenos a mercadeo@simulacdt.co y lo corregimos. Así trabajamos: nuestra metodología y política de correcciones.
Fuentes y fecha de verificación. Inflación anual: DANE, 6,24 % en agosto de 2026. Tasa de política monetaria: Banco de la República, 12,0 % vigente desde el 1.° de julio de 2026; próxima decisión, 30 de septiembre de 2026. Componente inflacionario del año gravable 2025: 55,43 %, Decreto 898 de 2026. Seguro de depósitos: Fogafín, hasta $50 millones por persona y por entidad. Exención del gravamen a los movimientos financieros: 350 UVT mensuales. Datos verificados el 15 de septiembre de 2026.
Este contenido es informativo y educativo. SimulaCDT no es una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, no capta recursos del público, no apertura CDT y no presta asesoría financiera, legal ni tributaria. Las tasas, normas y cifras citadas pueden cambiar sin previo aviso: verifica con la fuente oficial y con tu asesor antes de tomar decisiones.